lunes, 10 de septiembre de 2007

CONCEJAL MARCELO R. SUAREZ NELSON PRESENTO POR EL BLOQUE VECINALISTA EL PROYECTO VINCULADO AL MEDIO AMBIENTE EN EL PARTIDO DE HURLINGHAM.
SALUDOS CORDIALES.





HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HURLINGHAM

"LAS ISLAS MALVINAS SON ARGENTINAS"

Hurlingham 7 de septiembre de 2007

Los concejales que suscriben pertenecientes al Bloque de Integración Vecinal someten a consideración del Honorable Cuerpo el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1º: Solicita al DE a través de los organismos competentes que realice la medición de acuerdo a los estándares reconocidos por la provincia de Buenos Aires (normas IRAM Nº 4062/84), del impacto sonoro de la autopista del Oeste en el tramo correspondiente al Municipio de Hurlingham, tomando las mediciones en diferentes horarios en las franjas de 7hs a 19hs, y de 19hs a 7hs en los siguientes puntos (aproximados) entre las calles: a) Las Cabañas; b) Temperley.-

Artículo 2°: Asimismo el DE a través de los organismos competentes procederá a multar, y realizar las acciones administrativas y legales pertinentes que permitan penalizar, a los operadores de la Autopista del Oeste por la violación del indicador de calidad ambiental que rige según el Código de Planeamiento Urbano local, según zonificaciones y datos proporcionados por la misma Autopista del Oeste, con fecha 22 de diciembre de 2006 a saber: Puente Santa Rosa, zona RI: de 7hs. a 19hs: máximo permitido 55 Db (a), de 19hs a 7hs: máximo permitido 40 Db (a). Mediciones tomadas por la Autopista del Oeste (a través de la empresa Dock Norte. Adjuntamos fotocopia): máximo: 68.2 Db (a), mínimo 61.6 Db (a); promedio: 65.1 Db (a) en el horario de 7hs a 14hs, lo que estaría indicando que la empresa reconoce niveles superiores de contaminación sonora superiores a los permitidos por nuestro Código de Planeamiento Urbano.-

Artículo 3°: Que de probarse, mediante las mediciones hechas en los puntos señalados en el artículo 1º, que los niveles de contaminación sonora superan los máximos permitidos por el Código de Planeamiento Urbano de acuerdo a las zonificaciones que correspondan, el D.E. solicitará que perentoriamente, la citada empresa coloque las barreras arbóreas necesarias para mitigar la contaminación sonora que ella misma genera.-

Artículo 4°: De forma
Video extraído de la página de Autopista del Oeste, en algunos segmentos notamos sectores de la Autopista carecientes de forestación.

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